En el marco del 5 de julio, día Nacional de la Persona Trabajadora de Maquila las organizaciones de Mujeres trabajadoras en dichas fábricas piden al Estado salvadoreño trabajar en defensa de sus derechos laborales.
De acuerdo con la abogada, Yadira Minero, «un aspecto que obstaculiza el que se respeten los derechos de las personas trabajadoras de maquila y bordadoras a domicilio el la falta de funcionamiento de las instituciones del Estado».
En ese sentido las organizaciones solicitan a los diputados de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa un dictamen favorable para la ratificación del Convenio 177 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que tiene que ver sobre el tema de derechos laborales para este sector.
El Convenio 177 se suscribió en 1996 y el artículo fundamental es el 4, donde se reconoce que los trabajadores a domicilio tienen los mismos derechos que el resto de asalariados. Tienen derecho a una remuneración, protección social, a que se establezca una edad mínima de admisión al empleo, protección durante maternidad, entre otros.
La situación de las personas trabajadoras de maquila es compleja a nivel de El Salvador y en la región centroamericana, con jornadas extenuantes de 12 horas y salarios bajos, de acuerdo a los informes de las representantes de la organización: «Mujeres Transformando», que promueve la defensa de los derechos de las mujeres obreras de maquilas.