La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este jueves una demanda de inconstitucionalidad en contra de la elección de los diez magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), cinco propietarios y cinco suplentes, en la cual, según el demandante, no hubo una elección por capacidad e idoneidad.
La demanda destaca su argumento bajo el artículo 135 inciso 1° de la Constitución, detallando una supuesta vulneración en el principio de publicidad parlamentaria, porque en la sesión de la Comisión Política donde se eligieron a los magistrados, «no existió ninguna deliberación sobre el mérito, idoneidad, capacidad y experiencia de los candidatos, y sin que ocurriera una evaluación pública y meditada de las razones favorables y desfavorables de los candidatos se procedió con la elección».
La comisión llevó a pleno tal elección, donde tampoco hubo alguna acción de debate, eligiendo a los magistrados el 30 de julio del presente año.
El ente colegiado determinó que la demanda presentada por el ciudadano cumple con los requisitos para ser admitida y a la vez analizar si la Asamblea Legislativa vulneró el principio de publicidad parlamentaria.
La Sala concedió a la Asamblea Legislativa y al Fiscal General de la República un plazo de diez días hábiles para que emitan un pronunciamiento sobre dicha demanda.
Por su parte, la sala de la CSJ concedió audiencia a todos los magistrados del TSE para que puedan dar su postura ante los señalamientos.