La salud de los deportistas y las prácticas éticas en las distintas disciplinas son un tema prioritario para el Órgano Legislativo.
Por esa razón, los legisladores aprobaron la creación de la Ley de Protección de la Salud en el Deporte y Lucha contra el Dopaje, cuyo objetivo es establecer el marco legal para la prevención y lucha contra el dopaje en el deporte nacional.
La normativa está ligada a los compromisos internacionales asumidos por El Salvador para garantizar el desarrollo de competiciones deportivas en condiciones de igualdad y adaptación a las capacidades naturales de los participantes, evitando su adulteración mediante el uso de sustancias o métodos prohibidos.
Las disposiciones plasmadas en la normativa se interpretarán de acuerdo con la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, el Código Mundial Antidopaje, los estándares internacionales aprobados por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), así como cualquier otro reglamento internacional, aplicable en esta materia.
“Estamos aquí para respaldar este esfuerzo con leyes que protejan a nuestros deportistas y promuevan un ambiente de sana competencia. Tener una Ley de Protección de la Salud en el Deporte y Lucha contra el Dopaje es crucial para garantizar que nuestros atletas puedan competir de una manera justa, saludable y en igualdad de condiciones”, afirmó la diputada Sharon Salazar.
Agregó que valores como la ética deportiva, la igualdad de condiciones de los atletas y su integridad rigen esta normativa.
Por su parte, el parlamentario Raúl Chamagua destacó la importancia de contar con esta ley, porque El Salvador no tenía regulado el tema del dopaje deportivo, pese a que el país se encuentra suscrito a acuerdos internacionales en este tema y corría el riesgo de ser sancionado.
El legislador señaló que con la nueva ley se protegerá la salud de los atletas, se reafirmará la posición del país en contra de cualquier acción que atente contra la esencia del deporte, se envía un mensaje de cambio y compromiso y sobre todo se fomenta una cultura de prevención.
Organización Nacional Antidopaje de El Salvador
La nueva ley contempla la creación de la Organización Nacional Antidopaje de El Salvador (ONAD-ESA) como el máximo órgano técnico nacional con competencias en la prevención, control y sanción del dopaje en el deporte nacional.
La ONAD-ESA estará compuesta por un Comité Supervisor; un gerente general; un Panel Independiente de Audiencia de Primera Instancia, responsable de conocer los procedimientos sobre el cometimiento de las infracciones a las normas antidopaje y garantizar el debido proceso, así como por una Comisión de Atletas que colaborará en la formulación de políticas de prevención y antidopaje en el deporte.
Esta será una entidad desconcentrada del Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador (INDES), con independencia técnica, administrativa y operativa, con el propósito de promover acciones destinadas a garantizar el cumplimiento del principio de juego limpio, el respeto a las normas que rigen el deporte, a los demás competidores y la protección de la salud de quienes participan directa o indirectamente en torneos o eventos deportivos.
Entre sus principales funciones se encuentran las de prevenir, controlar y sancionar el dopaje a escala nacional, además de emitir los reglamentos internos que considere necesarios para garantizar su correcto funcionamiento; promover la investigación antidopaje y la implementación de programas educativos y campañas de divulgación sobre los peligros de esta práctica negativa que atenta la salud y los valores éticos y morales del deporte.
Violaciones de las normas antidopaje
Entre las violaciones a las normas antidopaje se encuentran la presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista; el uso o intento de uso de una sustancia o método prohibido; así como el evitar, rechazar o incumplir la obligación de someterse a la toma de muestras.
También se considerará una falta la manipulación de cualquier parte del proceso de control de dopaje que haga un deportista u otra persona; además de la posesión de una sustancia o método prohibido del deportista o de su personal de apoyo.
Entre otras de las faltas se incluyen el tráfico o intento de tráfico de cualquier sustancia o método prohibido; la administración, o intento de esto, a un deportista durante o fuera de una competición y cualquier tipo de complicidad o intento de esta.