La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró inconstitucional las reformas a la Ley FOSALUD y deja sin efecto la superación del veto de los diputados.
Un revés para los diputados, nuevamente la Sala de lo Constitucional, les demostró con garantias juridicas las acciones, que ellos tomaron con sentido político.
Según la resolución de la CSJ, El veto del Presidente de la República se basó, en esencia, a dos aspectos: en primer lugar, en que la Asamblea Legislativa infringió el artículo 138 de la Constitución porque la reforma fue ratificada sin que se hayan considerado las razones que él adujo para vetarla; en segundo lugar, en que la reforma interfiere en la iniciativa presupuestaria del Órgano Ejecutivo y también afecta el principio de equilibrio presupuestario (articulos 226 y 227 de la Constitución).
Además la Sala señaló, sobre el primer punto, que en el proceso se ha acreditado el cumplimiento de la actividad de reconsideración y ratificación requerida por la Constitución. De ahí que se descarta la violación constitucional alegada en relación con el proceso de ratificación del decreto legislativo.
Sobre el segundo punto, la sentencia establece que dicha reforma contenía mandatos que muestran un elevadísimo nivel de concreción, y configuran una directriz normativa específica para el uso del presupuesto del Ministerio de Salud, porque se regula en qué se han de invertir los fondos asignados.
Señaló también que estas características son propias de los preceptos que componen el presupuesto general del Estado, ya que solo dicha ley puede mostrar ese nivel de especialidad presupuestaria.
Por ello, la Sala resolvió que la Asamblea Legislativa no podía elaborar por sí misma y luego aprobar, con ese nivel de concreción, los preceptos consignados en el decreto vetado, pues su potestad normativa de reforma en estos casos está condicionada por el ejercicio previo de la iniciativa de planificación y dirección de las finanzas públicas conferida al Órgano Ejecutivo a través del Consejo de Ministros.
«Dicha reforma incidiría en la ejecución del presupuesto anual aprobado, interferiría en la competencia presupuestaria del Órgano Ejecutivo y también afectaría el principio de equilibrio presupuestario, por lo que es declarada inconstitucional».
Para los que dudaban de que nuestro VETO a la reforma a la Ley de FOSALUD, estaba motivado por algo más que una clara acción INCONSTITUCIONAL por parte de la @AsambleaSV…
Aquí la resolución de la @SalaCnalSV: https://t.co/nGTy6UKkr7
— Nayib Bukele (@nayibbukele) December 12, 2019