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Nacionales

La sentencia de la Sala sobre la reelección debe cumplirse, según magistrado del TSE

Edgar Torres
Última actualización octubre 2, 2023 4:01 PM
Por Edgar Torres - Senior Editor
Publicado julio 13, 2023
3 Min Read
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La sentencia 1-2021 de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), referida a la reelección presidencial, debe cumplirse, pues “las resoluciones de los tribunales se cumplen, me guste o no me guste”, aseveró Noel Orellana, magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“No es una interpretación, es una orden que el tribunal constitucional le está dando al Tribunal Supremo Electoral, que, si en caso el ciudadano presidente decidiere participar en una elección, en un nuevo período, tendrá la obligación de inscribirlo”, señaló.

Luego de que el pasado domingo el partido político Nuevas Ideas confirmó que Nayib Bukele resultó electo candidato presidencial por la bandera cyan, el magistrado Orellana reafirmó su posición de que las sentencias de los tribunales superiores deben ser acatadas, y que no hay pruebas legales para desconocer las resoluciones ni a los magistrados que integran la Sala de lo Constitucional.

“Al Tribunal Supremo Electoral se le cambiaron reglas del juego para elegir a diputados faltando tres meses para las elecciones, y cumplió la sentencia. Se le ordenó cancelar partidos políticos y también cumplió la resolución”, recordó.

Agregó que, por el momento, se limita a decir que «hay una resolución, un mandato de un tribunal superior que me está ordenando a mí en esos términos. Doy la cara y soy muy sincero en expresar que los funcionarios estamos en la obligación de darle cumplimiento a esta sentencia».

“Si las autoridades del Tribunal Supremo Electoral no cumplen una resolución, estamos cayendo en un delito que, por ejemplo, en el Código Penal es de desobediencia a sentencia emanada del tribunal superior”, explicó.

De acuerdo con el calendario electoral, el TSE tiene hasta el 27 de noviembre de 2023 para resolver la inscripción de cada uno de los candidatos que presenten los partidos políticos autorizados para participar en las elecciones de febrero y marzo de 2024.

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Por otra parte, Orellana desmintió en su totalidad los señalamientos de algunos bloques opositores con respecto a que Nayib Bukele caería en transfuguismo al cambiarse del partido GANA y correr como candidato presidencial con el instituto político de Nuevas Ideas.

“Yo no estoy defendiendo, no estoy tratando la manera de justificar partidos políticos o personas en particular. En este caso yo no puedo aplicar el transfuguismo para un funcionario que no lo dice la ley”, afirmó. El Código Electoral establece en el artículo 226 A que el transfuguismo aplica solo para diputados de la Asamblea y para los concejos municipales.

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