El Tribunal Supremo Electoral (TSE) llevó a cabo hoy el acto de verificación de la no afiliación partidaria de las personas propuestas por los partidos políticos para integrar Juntas Electorales Departamentales (JED), Juntas Electorales Municipales (JEM), Junta Electoral de Voto en el Extranjero (JELVEX) y Juntas Receptoras de Votos en el Extranjero (JRVEX).
Este procedimiento se sustenta en las disposiciones legales contenidas en los artículos 92, 97 y 101 del Código Electoral, así como en los artículos 8 y 10 de la ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero y el mandato de la sentencia de inconstitucionalidad 139-2013, que establece la obligación de no vinculación político partidaria de quienes formarán parte de los Organismos Electorales Temporales (OET).
Para llevar a cabo esta verificación, el TSE proporcionó, el pasado 25 de septiembre, a cada oficial de enlace o delegados de los 13 partidos políticos, legalmente inscritos, una memoria USB de características idénticas.
Esta memoria USB tenía como fin registrar el archivo de números de Documento Único de Identidad (DUI) de los afiliados de cada partido. EI TSE realizó hoy una auditoría inicial de la información presentada por cada partido para su validación y, posteriormente, procedió con la verificación del cumplimiento del requisito de no afiliación partidaria en las propuestas de ciudadanos y ciudadanas que serán parte de los OET.
El proceso de verificación incluyó el cruce de información entre los números de DUI del padrón de afiliados de cada partido y los números de DUI del registro electoral. A partir de este cruce, se obtuvo un archivo con los números de DUI de los no afiliados, que posteriormente se utilizó para verificar el cumplimiento del requisito de no afiliación en las personas propuestas para integrar los OET.
El ente colegiado aseguró que “en todo momento han respetado la privacidad de los datos personales y datos sensibles de los ciudadanos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6, 32 y 33 de la Ley de Acceso a la Información Pública, así como en el artículo 36 de la Ley de Partidos Políticos”. Al concluir el proceso de verificación. las memorias USB utilizadas en el mismo fueron destruidas de manera segura.