El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Julio Olivo, expuso por casi una hora sus discrepancias con Ley Especial para el Sufragio en el Exterior en el la Comisión de Reformas Electorales de la Asamblea Legislativa.
Ante esto, el resto de magistrados aclararon que la postura de Julio Olivo sobre la ley, que facilita el voto desde el exterior, es a título personal y no representa la postura del ente colegiado.
De hecho, los magistrados del ente colegiado llevaron una postura única del TSE para exponerlo en el seno de la comisión de Reformas Electorales.
“Es importante hacer las siguientes aclaraciones porque pareciera ser el resto de los cuatro magistrados no hemos trabajado en conjunto. Nosotros queremos dar una posición oficial como Tribunal Supremo Electoral…”, refutó el magistrado Noel Orellana a la postura de Julio Olivo.
Ley Especial para el Sufragio en el Exterior
Los diputados de la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales recibieron a la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Dora Martínez, y a magistrados de este organismo colegiado para continuar con el estudio de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Exterior.
“Nos sentimos complacidos porque todos tenemos un mismo objetivo. Ustedes han hecho un esfuerzo de meses de trabajo para reconocer el derecho que tienen, por ley, los hermanos salvadoreños en el exterior, y que hoy por hoy se les había negado, no se había regulado”, manifestó la presidenta del TSE.
La nueva ley del voto en el exterior contempla que el voto podrá emitirse con el Documento Único de Identidad (DUI) o pasaporte, ya se vencidos o vigentes.
Por otra parte, el técnico del TSE, Óscar Rivera, explicó sobre las circunscripciones que se aplicarán para el ejercicio del sufragio en el exterior.
Así, se tiene la circunscripción nacional, que está referida a la elección de presidente y diputados al Parlamento Centroamericano (PARLACEN); la circunscripción departamental, que incluye la elección de diputados a la Asamblea Legislativa y, finalmente, la municipal, para la elección de concejos municipales.
Para la circunscripción de cada votante se tomará en cuenta el departamento y municipio que aparece en la parte de trasera o delantera del Documento Único de Identidad (DUI), o en la partida de nacimiento.