La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió demandas de inconstitucionalidad contra el artículo 11 del Código de Familia, el cual establece el matrimonio como la unión entre hombre y mujer.
Se tratan de dos demandas de inconstitucionalidad sobre la prohibición de uniones entre las personas del mismo sexo y el trato diferenciado que ello implicaría. Los demandantes solicitan que se declare que la Asamblea Legislativa ha incurrido en una inconstitucionalidad por omisión al no regular por ley dichas uniones.
Los magistrados analizarán los argumentos de los distintos intervinientes (Asamblea Legislativa y Fiscal General de la República). Posteriormente, determinarán en sentencia si existe o no contradicción entre el Código de Familia y la Constitución. Además, la incostitucionalidad por omisión alegada por los demandantes.
La admisión de demana fue firmada por unimidad por los magistrados José Óscar Armando Pineda Navas, Aldo Enrique Cáder Camilot, Carlos Sergio Avilés Velásquez, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Marina de Jesús Marenco de Torrento.