Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 70 votos, la Ley Transitoria para la Estabilización de Precios del Gas Licuado de Petróleo que presentó el Gobierno central, a través del Ministerio de Economía, y que tiene como objetivo regular los precios del gas licuado (propano) en El Salvador, ante la variabilidad que existe en el mercado internacional.
La medida ha sido impulsada el Presidente Nayib Bukele debido a los efectos que la pandemia del COVID-19 han provocado, a nivel mundial, en todos los aspectos de la vida, entre ellos el económico. Esta situación ha generado en todas las naciones una alteración en los precios de diferentes bienes y servicios, la demanda de los mismos ha elevado los precios de las principales materias primas y los costos logísticos de la cadena de comercio.
Con la normativa avalada por los legisladores se creará el “Mecanismo Temporal del GLP” que contribuirá a que los cambios en el precio que experimente este producto en el extranjero no afecten a las familias salvadoreñas. Para darle estabilidad a ese valor, el Gobierno subsidiará el monto que pagan en 1.6 millones de hogares por el cilindro de gas en sus diferentes presentaciones.
María Luisa Hayem, titular de Economía, explicó que la decisión de brindar un subsidio adicional al que ya reciben 1.5 millones de familias vulnerables fue tomada debido a los constantes aumentos en el gas que se han registrado a nivel mundial y que, según la tendencia, serán mayores en los próximos meses.
“Este es un programa que permitirá atenuar el impacto de las alzas del gas licuado. Nuevamente, el Gobierno del Presidente Nayib Bukele muestra interés en acompañar a las familias salvadoreñas y a las pequeñas empresas. La cantidad del subsidio se determinará dependiendo de cuánto vaya incrementando el gas (en el mercado internacional)”, señaló la funcionaria.
El decreto establece que el Ministerio de Economía estará a cargo de la administración del “Mecanismo Temporal del GLP”, mientras que Hacienda quedará facultado para hacer la transferencia de fondos necesarios que propicien la estabilización del costo del gas. Para ello, la institución deberá realizar las operaciones financieras, presupuestarias, contables y de tesorería indispensables.
A estos recursos se le podrán sumar otros aportes monetarios que el Estado pueda realizar, donaciones de cualquier entidad nacional o extranjera; partidas asignadas en el presupuesto ordinario y destinadas al “Mecanismo Temporal del GLP”, así como fondos provenientes de cualquier otra fuente.
En las disposiciones transitorias se dejó establecido que la Corte de Cuentas de la República verificará el cumplimiento a lo dispuesto en esta normativa.