La Nueva Asamblea Legislativa aprobó este miércoles con 64 votos a favor una reforma al Código de Familia, con el fin de definir las justificaciones legales para que las personas que se consideren padres biológicos puedan reclamar la paternidad de sus hijos.
Los parlamentarios formaron la normativa para dar fiel cumplimiento de los principios de prioridad absoluta e interés superior del niño, niña o adolescentes.
Para ello, se incluyeron incisos para incluir pruebas científicas que comprueben la paternidad y plazos entre la justificación de la madre y del padre. De igual forma, se estableció otorgar al padre demandante un periodo de un año contado a partir del día en que tenga conocimiento verificado del hijo o hija.
Además, se incorporaron elementos nuevos para evitar un uso abusivo del derecho, que pueda causar daños a la imagen y el honor de la mujer o del resto de la familia.
También se establecen indicativos en caso padre biológico haya fallecido, ya que el establece que podrán seguir el proceso los familiares hasta el primer grado de consanguinidad. Esto implica que la pretensión se fundamente en razones objetivas que conduzcan a pensar razonablemente la probabilidad de que sea el padre.
“Estamos legislando para proteger a la familia salvadoreña, proporcionando el derecho a la identidad de los niños y las niñas. Esta reforma se ha hecho bajo un trabajo delicado y responsable”, dijo la diputada de Nuevas Ideas, Suni Cedillos, sobre el tema.