Para lograr mayor eficiencia en la determinación de responsabilidades en el procesamiento de organizaciones criminales o terroristas, los diputados de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitieron un dictamen a favor de reformar seis artículos de la Ley Contra el Crimen Organizado, que involucra redes de personas y actividades que requieren un enfoque estratégico para su combate efectivo.
De acuerdo a lo expresado en la mesa de trabajo, los parlamentarios indicaron que se trata de extender, por dos años más, el período para que la Fiscalía General de la República (FGR) presente acusaciones formales contra los detenidos bajo el régimen de excepción.
Estas reformas van a ser adecuadas para que los fiscales puedan ejecutar sus labores, para mantener el equilibrio en cuanto a las garantías procesales para los detenidos y para que los jueces puedan tramitar adecuadamente los juicios en donde están vinculadas las 88 mil 750 personas capturadas.
Dichas reformas se ejecutarán, una vez aprobada por el pleno legislativo, debido a que el decreto 803 —que prolongó el periodo de detención— vencerá el 25 de agosto de 2025, esto tras haber sido aprobado el 26 de julio de 2023.
“Desde el 2021, esta Asamblea Legislativa realizó cambios importantes con valentía y con mano firme. Uno de esos cambios fue destituir al fiscal anterior, porque fue elegido para cosas partidarias; ademáss hemos aprobado herramientas, como reformas a la Ley Orgánica Judicial, para poder luchar contra las pandillas”, indicó el diputado Caleb Navarro.
Los parlamentarios recibieron al fiscal general de la República, Rodolfo Delgado Montes, para que pudiera extender el tema y brindar detalles sobre la modificación a la normativa.
Según el funcionario, en El Salvador se ha identificado a un enemigo de la población denominado pandillas.
Por eso es que la institución que lidera solicitó, en 2023, a la Asamblea Legislativa implementar el decreto transitorio 803 como una solución de manera integral para atacar a los grupos criminales, misma que ha sido creada e implementada por salvadoreños.
“Como fiscalía se nos dieron las herramientas para ordenar los procesos de captura y agrupar a los detenidos por el régimen de excepción, que ha dejado a un total de 88 mil 750 personas capturadas y estas deben ser procesadas en los diferentes tribunales a lo largo de todo el país”, comentó el funcionario.
Delgado Montes explicó, además, que las causas penales tendrán un registro único judicial por cada organización criminal, por lo que ya no será de manera individual.
Arresto de menores de edad por pertenecer a pandillas
Respecto a la detención de menores de edad por integrar los grupos criminales, las reformas sobre esta temática recaen en el artículo 3 de la Ley Contra el Crimen Organizado. Esto contempla que el juez de menores se vuelve un garante en los derechos procesales, pero son los jueces de los Tribunales del Crimen Organizado los que se encargan de ejecutar el juicio.
“En los casos que involucren a menores de edad, los jueces de menores que conforman el Tribunal actuarán únicamente como jueces de garantía, supervisando el cumplimiento de los derechos de los menores conforme a la legislación especial nacional e internacional aplicable, sin participar directamente en el juzgamiento de los delitos sometidos a conocimiento de esta competencia”, indica el artículo en mención.
Audiencias abiertas
Otra de las modificaciones a la normativa trata sobre implementar audiencia única abierta, esto mientras existan miembros de la estructura criminal sin juzgar, luego de la acusación hecha por la Fiscalía General de la República (FGR), en un plazo no mayor a 60 días.
Si no se presentan nuevos imputados o pruebas relevantes durante un período de dos años consecutivos, el juez, previa consulta al fiscal, podrá declarar el cierre de la audiencia.
«El juez, previa consulta al fiscal, podrá declarar el cierre de la audiencia, sin perjuicio de reabrir el proceso si se identifican nuevos miembros o actividad de la estructura criminal”, reza el artículo 18 de la ley.
El fiscal propondrá al juez a los imputados que irán siendo sometidos a la audiencia, de acuerdo a la pertenencia y jerarquía dentro de la estructura, y será el juez el que determinará la participación del acusado.
Una vez finalizado el conocimiento de las imputaciones que se vayan presentando, el juez procederá a emitir sentencia con base en la prueba aportada.