El ministro de Trabajo, Rolando Castro, detalló que no es obligación de ningún empleador pagar el aguinaldo en octubre o noviembre, la obligación es que debe cancelarlo como fecha límite el 20 de diciembre. Además, aseguró que como institución, garantizarán los derechos de los trabajadores, y que el aguinaldo se entregue de manera intacta.
«No se puede hacer ninguna interpretación para desmejorar el aguinaldo. Vamos a desplegar 700 colaboradores para verificar, a todo aquel actor que quiera interpretar esta reforma en detrimento de los derechos de los trabajadores se le va a aplicar la sanción respectiva», indicó Castro.
El funcionario detalló que se hizo una reforma que planteaba que el intervalo de tiempo se abriera, antes era del 12 al 20 de diciembre, hoy fue a partir del 20 de octubre. La iniciativa la interpuso el Gobierno central, porque se tenía disponibilidad de caja, por lo que entregó el pago del aguinaldo el 24 de octubre.
«La empresa privada tiene hasta el 20 de diciembre para entregar el aguinaldo; si lo hace de forma anticipada, este beneficio debe ser correspondiente a diciembre. Los derechos de los trabajadores no son negociables», puntualizó el titular de Trabajo.
